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Divorcio Notarial

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El Divorcio Notarial es una novedad introducida en la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, en la cual se contempla que dos personas, de forma voluntaria, podrán divorciarse ante un Notario o Letrado de la Administración Pública. Una función que hasta la entrada en vigencia de dicha ley solo correspondía al Juez.

Hay ciertos aspectos a tener en cuenta para esta modalidad de divorcio, en el presente artículo los detallaremos.

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¿Cuáles son los requisitos para un divorcio notarial?

  • Deben haber trascurrido al menos tres meses desde que se celebró el matrimonio para poder divorciarse.
  • Necesariamente debe haber consentimiento por ambas partes. Se trata de un divorcio de mutuo acuerdo.
  • En la escritura a presentarse deberá constar la voluntad inequívoca de los cónyuges de separarse junto con el convenio regulador.
  • Solo se podrá realizar un divorcio notarial en caso de que no haya menores no emancipados dentro del matrimonio, en caso contrario, no se podrá realizar, puesto que será competencia a conocer del órgano judicial.
  • Si existen menores o mayores emancipados, estos deben presentar ante el notario su consentimiento con respecto a las medidas que les afecten.
  • Será necesaria la asistencia de un abogado para divorcios que asesore debidamente a la pareja.

¿Qué documentos se necesitan para un divorcio notarial?

  • Documento de identidad de los cónyuges. En caso de que haya hijos emancipados, también documento de identidad de los hijos mayores de edad o menores emancipados que deban comparecer.
  • Libro de familia para acreditar que los cónyuges no tienen hijos menores de edad.
  • El certificado de inscripción del matrimonio en el Registro Civil.
  • El certificado de nacimiento de los hijos mayores de edad si los hubiera y de matrimonio de estar casados estos.
  • Certificado de empadronamiento de los cónyuges.
  • Documento de identidad y documentación acreditativa del abogado que asesora a la pareja como colegiado en ejercicio.
  • Convenio Regulador previamente acordado y redactado por el abogado contratado (y esto es uno de los aspectos más importantes, puesto que sin convenio regulador no podrán divorciarse).

¿Qué debe contener el Convenio Regulador?

En el Convenio Regulador necesariamente se encontrarán los acuerdos que ambos cónyuges han alcanzado por su propia voluntad y que regirá una vez disuelto el matrimonio. Este debe contener lo referente a:

  • De qué forma se atribuirá el uso de la vivienda y ajuar familiar.
  • La liquidación del régimen económico matrimonial.
  • Pensión compensatoria (si procede) en favor de cónyuge cuya situación económica se verá afectada luego del divorcio.
  • La contribución a las cargas del matrimonio.

¿Cuánto tiempo tarda un divorcio notarial?

Uno de los beneficios más importantes del divorcio ante el notario es lo rápido que resulta el proceso con respecto a otras formas de divorcio.

Una vez que se haya redactado el convenio regulador, en presencia y con asistencia de un abogado, que es la parte que probablemente se lleve más tiempo porque será necesario llegar a acuerdos de partes, el abogado solicitará cita ante el notario, de manera que los cónyuges asistan el día y la hora pautados a registrar su divorcio notariado.

Tras la firma del notario, se deberá inscribir el divorcio ante el Registro Civil, liquidar los impuestos correspondientes e inscribir la adjudicación de bienes en el registro de propiedad correspondiente.

El Divorcio Notarial es una novedad introducida en la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.

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